RESOLUCIÓN DIRECTORAL: RD-243-2008-DGH

Establecen período de transición durante el cual los agentes del mercado que no cuenten con autorizaciones para recibir- almacenar- despachar- transportar y comercializar Diesel 2- puedan recibir- almacenar- despachar- transportar y comercializar Diesel B2- y los autorizan a mezclar progresivamente existencias de Diesel 2 con Diesel B2.
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