17 de Diciembre de 2009

MINERA AFRODITA DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS PARA INICIAR ACTIVIDAD EXPLORATORIA

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) informa que la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros aprobó el 9 de diciembre, a través de la Resolución Directoral Nº 402-2009-MEM/AAM, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto aurífero Afrodita en la Cordillera del Cóndor, ubicado en Amazonas; lo cual no implica la autorización para el inicio de actividades de exploración minera en la zona.

 
Para iniciar la actividad exploratoria la empresa debe cumplir con todos los requisitos que la legislación vigente dispone (Artículo 7° del Decreto Supremo N° 020-2008-EM - Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera).
 
Es decir, debe contar con el permiso de uso de terreno superficial (sea de propiedad del Estado, de un privado o de una comunidad nativa), además de otras licencias, permisos y autorizaciones que son requeridos por la legislación.
 
El Ministerio de Energía y Minas reitera su compromiso con la minería ambiental y socialmente sostenible, en un marco de seguridad jurídica que implique el cumplimiento de la ley por la ciudadanía, las empresas y el propio Estado.
 
San Borja, 17 de diciembre 2009
 
NP. 412-09
 
 
 
 
 
 
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