04 de Abril de 2018

Ministerio de Energía y Minas presenta Reglamento Técnico sobre Etiquetado De Eficiencia Energética

  •  Entrará en vigencia desde el sábado 7 de abril a nivel nacional.
  • INDECOPI supervisará la información consignada por los fabricantes en sus artículos.

 

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) informó que el próximo 7 abril entrará en vigencia el Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energética para Equipos Energéticos, que establece el uso obligatorio de la Etiqueta de Eficiencia Energética en nueve equipos, entre domésticos e industriales.

De esta manera, el Perú se suma a los demás países de la región y del mundo que ya implementaron esta medida a favor del consumidor, del ahorro de energía y el cuidado del ambiente. Cabe precisar que esta norma fue aprobada mediante el Decreto Supremo N° 009-2017-EM y con ella se promueve la competitividad y acelera la renovación del mercado de equipos energéticos por otros más eficientes en el consumo de energía.

 

 

 

Los equipos domésticos que usarán la etiqueta de eficiencia energética son: refrigeradoras, lavadoras y secadoras de ropa, calentadores de agua (terma), aire acondicionado, focos y balastos para fluorescentes. En tanto, los equipos de uso industrial son: motores eléctricos y calderas.  

El equipo técnico del MEM, encargado de la elaboración del referido Reglamento Técnico,  precisó que estos equipos han sido priorizados por el impacto que tienen en el consumo de energía en el sector residencial, comercial e industrial.

 

LA IMPLEMENTACIÓN

Según el MEM, la implementación del programa de etiquetado en el Perú será progresiva con la finalidad de que las instituciones involucradas puedan adecuar sus procedimientos y  garantizar el correcto funcionamiento del etiquetado.

Al respecto, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) tendrá el rol de supervisar y fiscalizar la información del etiquetado, mientras que el Instituto Nacional de Calidad (INACAL) realizará la certificación de los Organismos Certificadores de Producto en el Perú. Asimismo, los importadores, fabricantes y comercializadores deberán prepararse para cumplir con la normativa.

El Ministerio busca con esta norma salvaguardar el derecho del consumidor a conocer la  información sobre el consumo de energía y eficiencia energética que tiene un equipo, para decidir mejor su compra. Asimismo, busca disminuir el consumo de energía por el lado de la demanda y  por ende de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

 

 

 

La elaboración de esta norma ha estado a cargo de la Dirección General de Eficiencia Energética (DGEE) y su Proyecto “Normas y Etiquetado de Eficiencia Energética”, el mismo que contó con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM).

A partir de la entrada en vigencia del Reglamento, el 7 de abril, INDECOPI iniciará la fiscalización del cumplimiento del etiquetado de eficiencia energética en los equipos seleccionados. Realizará inspecciones para verificar que la etiqueta de eficiencia energética se encuentre adherida a los artefactos, de manera correcta y visible al consumidor para que haga una compra informada. Y a partir del 2019, contrastará la información de esta etiqueta solicitando el certificado del producto, el cual debe ser emitido por un Organismo Certificador de Producto (OCP) acreditado. 

 

San Borja, 04 de abril de 2018

NP. 043-18

 

 

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