7. Servidumbres Eléctricas Rurales

SERVIDUMBRES ELÉCTRICAS RURALES

Conforme el artículo 41° del RLGER, las servidumbres requeridas para los SER son de utilidad pública y de preferente interés público, y serán impuestas por la Dirección General de Electricidad.

Las servidumbres podrán ser:

  1. De acueductos, embalses y de obras hidroeléctricas.
  2. De electroductos para establecer subestaciones de transformación, líneas de transmisión y redes de distribución.
  3. De ocupación de bienes de propiedad particular indispensables para la instalación de subestaciones de distribución para Servicio Público de Electricidad.
  4. De sistemas de telecomunicaciones.
  5. De paso para construir vías de acceso.
  6. De tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones.

SOLICITUD DE SERVIDUMBRE RURAL

 (Art. 17º de la Ley General de Electrificación Rural Nº 28749, artículo 43º de su Reglamento, D.S. Nº 025-2007-EM y artículo 8º de la Ley 16053)  
 
 
Requisitos
1
Solicitud dirigida a la Dirección General de Electricidad por la Dirección General de Electrificación Rural o por el concesionario, según corresponda, señalando identificación y domicilio legal del solicitante. 
2
Naturaleza, tipo y duración de la servidumbre.
3
Breve justificación técnica y económica.
4
Relación de los predios a ser gravados, señalando el nombre y domicilio de cada propietario o posesionario, si fuese conocido. Cuando el propietario del predio no sea conocido, o fuere incierto o se ignore su domicilio, o en cualquier otra situación análoga que impida conocer, determinar o localizar al propietario o poseedor, el solicitante deberá adjuntar declaración jurada de haber agotado todos los medios para establecer la identidad y el domicilio del propietario o posesionario.
5
Breve descripción de la situación y uso actual de los predios y aires por gravar.
6
Coordenadas UTM (PSAD56) y planos donde aparezca el área de la servidumbre solicitada de cada uno de los predios con cuyos propietarios no exista acuerdo sobre el monto de la compensación.
 
En caso no exista acuerdo entre las partes debidamente acreditado, el solicitante deberá presentar la propuesta de compensación, cuando corresponda.
7
Especificación de las servidumbres requeridas.
8
Certificado de Habilidad vigente del ingeniero responsable de los planos .
 
 
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