Presentación
La Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAA) del Ministerio de Energía y Minas es un órgano técnico, normativo y de promoción, dependiente jerárquicamente del Vice-Ministerio de Minas. Fue creada mediante Decreto Supremo Nº 008-92-EM/SG del 02 de marzo de 1992 a través del cual se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, ratificada posteriormente por Decreto Supremo Nº 027-93-EM de fecha 19 de junio de 1993.
Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros
En acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) D.S. 031-2007-EM
Artículo 106°.- La Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros es el órgano técnico normativo encargado de proponer y evaluar la política ambiental del Sector Minería, proponer y/o expedir la normatividad necesaria, así como promover la ejecución de actividades orientadas a la conservación y protección de los medio ambientes referidos al desarrollo de las actividades mineras. Depende jerárquicamente del Vice Ministro de Minas.
Artículo 107°.- La Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros tiene las funciones y atribuciones siguientes:
- Proponer la política de conservación y protección del medio ambiente en el desarrollo sostenible de las actividades mineras, en concordancia con las políticas de desarrollo sostenible sectorial y nacional;
- Formular, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas técnicas y legales relacionadas con la conservación y protección del medio ambiente;
- Normar la evaluación de impactos ambientales derivados de las actividades del Sector;
- Atender, evaluar y emitir opinión sobre las denuncias referidas a las funciones a cargo de la Dirección General;
- Calificar y autorizar a instituciones públicas y privadas para que elaboren estudios ambientales sobre las actividades mineras;
- Promover estudios e investigaciones de carácter ambiental;
- Evaluar y aprobar los estudios ambientales y sociales;
- Promover áreas de conservación ambiental minera y la remediación de áreas con pasivos ambientales mineros;
- Aprobar guías técnicas ambientales y sociales;
- Participar y dirigir talleres y audiencias públicas relacionadas con los estudios ambientales del Sector Minería presentados al Ministerio de Energía y Minas;
- Elaborar y promover programas de protección ambiental y de desarrollo sostenible en coordinación con la Dirección General de Minería, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, empresas del Sector y otras instituciones públicas y privadas;
- Asesorar a la Alta Dirección en asuntos ambientales referidos con las actividades del Sector Minería;
- Promover los proyectos y analizar las solicitudes de Cooperación Internacional vinculada con los asuntos ambientales mineros, en coordinación con la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI);
- Promover programas de entrenamiento y capacitación sobre temas ambientales, en el país o en el extranjero, tanto en el Sector Público como en el Privado;
- Participar en el procesamiento y análisis de la información sobre las acciones de conservación y protección del medio ambiente en el ámbito de la actividad minera;
- Participar en el seguimiento de los compromisos ambientales que asumen las empresas mineras con las poblaciones involucradas en su accionar, considerados en sus estudios ambientales;
- Expedir resoluciones directorales en el ámbito de su competencia;
- Informar y opinar sobre asuntos de su competencia;
- Realizar las demás funciones que se le asignen.